
ASISTENTES: J.B.Z,; M.J.F.T.; J.O.R.S.; M.D.P.F; M.C.S.; M.E.C.G.; J.M.R.R.J; J.F.S.; J.F.B.; R.J.F.F.; P.F.E.; E.I.D.; E.G.J.; Á.R.S.
En Polop de la Marina, y en el domicilio sito en la calle ..., siendo las veinte horas del día uno de abril de dos mil tres, se reúnen las personas indicadas, todas ellas mayor de edad y con plena capacidad de obrar, identificadas con sus nombres y apellidos y su número de documento nacional de identidad.
Todos los asistentes se han reunido de mutuo acuerdo, sin la existencia expresa de convocatoria, y libremente y por unanimidad adoptan los siguientes
ACUERDOS:
Primero.- Los asistentes se constituyen en promotores de una agrupación de electores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 169.3 de la L. O 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
Segundo.- La Agrupación de Electores se denominará “GENT DE POLOP”. Las siglas de la Agrupación serán: GdP. El símbolo el contorno del monte Ponoig.
Tercero.- El principio rector de esta agrupación será la de promover la candidatura de las siguientes personas:
1.- J. B. Z.
2.- M. J. F. T.
3.- J. O. R. S.
4.- M. D. P. F.
5.- M. C. S.
6.- M. E. C. G.
7.- J. M. R. R.
8.- J. F. S.
9.- J. F. B.
10.- R. J. F. F.
11.- P. F. E.
para que puedan presentarse a las elecciones municipales de Polop de la Marina, a celebrarse el próximo día 25 de mayo de 2.003.
Como suplentes de la citada candidatura figurarán las siguientes personas:
1.- E. I. D.
2.- E. G. J.
3.- Á. R. S.
Cuarto.- Los promotores de esta Agrupación de electores acuerdan que el domicilio social de la candidatura será en la localidad de Polop de la Marina, ...
Quinto.- Los promotores designan a los siguientes representantes ante la administración electoral:
ADMINISTRADOR: Dª. M. D. P. F.
Como suplente se designa a Dª R. J. F. F.
REPRESENTANTE ANTE LA JUNTA ELECTORAL: D. O. R. S. Como suplente se designa a D. M. C. S.
Sexto.- Los promotores asistentes acuerdan aprobar los estatutos de la Agrupación de Electores, que figurarán inseparablemente a la presente acta fundacional, constituyéndose todos ellos, miembros fundacionales de la Agrupación de Electores.
Séptimo.- Todos los asistentes que forman parte de la candidatura referida, hacen declaración expresa y formal de aceptación de la citada candidatura, así como, los designados igualmente para cargo de Administrador titular y suplente, y representante ante la junta electoral y suplente, de aceptación de tales nombramientos designados por los promotores, así como el nombre de la agrupación y logotipo.
Se levanta la sesión, a las 20´30 horas del mismo día señalado en el encabezamiento, firmando todos los asistentes la presente acta en prueba de conformidad y aceptación de todos de todo su contenido.
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